La Secretaría de Cultura, el Instituto Nacional de
Bellas Artes y Literatura por conducto de la Coordinación Nacional de Teatro y las
Instancias Estatales de Cultura
presentan
PROGRAMA NACIONAL DE TEATRO ESCOLAR
2019 - 2020
Presentación
El Programa Nacional de Teatro Escolar (PNTE) 2019
- 2020 se realiza de manera conjunta por la Secretaría de Cultura a través del
Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), por conducto de la
Coordinación Nacional de Teatro (CNT), las Instancias Estatales de Cultura
(IEC) y las autoridades educativas locales.
Este proyecto forma parte de las iniciativas para
impulsar el fomento a la educación artística e inclusión social que promueve el
INBAL como una herramienta para contribuir al desarrollo y formación -ética y
cultural- de las niñas, niños y adolescentes.
Objetivos del Programa
·
Garantizar el derecho a la cultura de escolares en
etapa de educación básica
·
Proveer una experiencia escénica de calidad para
audiencias escolares
·
Fomentar la generación de nuevos públicos
·
Consolidar las agrupaciones teatrales en las entidades
federativas
·
Estimular la producción teatral en el país
·
Promover el intercambio artístico entre los
distintos núcleos teatrales del país
·
Crear fuentes de trabajo para la comunidad
artística de cada estado
Metas
· Producir una puesta en
escena diseñada para público escolar en cada una de las 32 entidades
federativas del país
·
Realizar 40 funciones de
cada producción
·
Alcanzar durante el
desarrollo del programa la asistencia de 6,000 espectadores, alumnos de
escuelas de formación básica, por cada obra producida
¿Cómo funciona el PNTE?
Con el fin de garantizar el desarrollo del Programa
Nacional de Teatro Escolar, se establecen los presentes lineamientos generales
sobre su funcionamiento y operación, mismos que serán aplicables en todo el
país.
LINEAMIENTOS 2019 - 2020
El Programa
Nacional de Teatro Escolar es una iniciativa pública de carácter social,
sustentada en el principio de interés
superior de la niñez. Sus lineamientos generales y convocatorias estatales
constituyen acciones con la finalidad de garantizar el derecho a la cultura, consagrado en el Artículo 4 de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 2°, 4° y
20° de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales; los Artículos 2° y 6°
de la Ley de Niñas, Niños y Adolescentes; los Artículos 1°y 2º Apartado B,
Fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura; los Artículos
1°, 2°y 6º de la Ley que crea al Instituto Nacional de Bellas Artes y
Literatura; Punto 1.1.8. del Manual General de Organización del Instituto
Nacional de Bellas Artes y Literatura; y demás relativas y aplicables de las
entidades e instituciones participantes.
1. De la convocatoria
La selección de los proyectos participantes en el programa
se realizará a través de una convocatoria emitida de manera conjunta entre
el INBAL y cada una de las Instituciones Estatales de Cultura dirigida a su
comunidad teatral.
Las convocatorias de cada estado de la
República Mexicana podrán descargarse en los portales de las instituciones
participantes y en el sitio:
2. Modalidad de participación
Podrán participar:
2.1 Individual o solista: Persona física con un equipo de
trabajo convocado específicamente para participar en la convocatoria del
Programa.
2.2 Grupos de artistas no constituidos.
Agrupaciones profesionales de teatro en el país que decidan postular un
proyecto al PNTE y que operen bajo un nombre, pero no estén constituidos
formalmente.
2.3 Agrupaciones legalmente constituidas. Grupos o
compañías legalmente constituidas, cuyo objeto social sea coincidente con el
perfil del programa y no persiga fines de lucro.
En
caso de ser extranjeros deberán acreditar su condición de residente permanente
mediante documento expedido por el Instituto Nacional de Migración de la
Secretaría de Gobernación.
3.
Documentos de identidad
3.1 Personas físicas:
·
Credencial de elector
vigente; o
·
cédula profesional; o
·
pasaporte vigente; o
· documento vigente que
acredite la legal residencia en el país en caso de ser extranjero.
3.2 Personas morales:
· Identificación del
apoderado y el documento con el que se acredite la representación de la
sociedad.
4.
De la
recepción de proyectos
La
etapa de recepción constituye la fase administrativa.
La
recepción de proyectos estará a cargo de la IEC. A ésta corresponde verificar,
calificar e informar a la CNT sobre el cumplimiento de los requisitos de tiempo
y forma en la inscripción y, en su caso, hacer las anotaciones que considere
pertinentes en torno a los materiales recibidos. Los materiales de postulación
deberán remitirse a la CNT acompañados de un listado formal de los mismos, en
donde se indiquen los datos generales del proyecto, hora, fecha de recepción y
las anotaciones adicionales que ameriten.
Para esto la Coordinación expedirá a cada instancia estatal el formato correspondiente.
En
cualquier momento hasta antes de la deliberación, la IEC podrá adicionar las
notas que sobrevengan o que se hayan omitido en la lista de proyectos original.
5.
Comité de Selección
Con la
finalidad de dar transparencia y solvencia profesional al Programa, el INBAL, a
través de la CNT integrará un comité de selección conformado por especialistas
de la escena.
Bajo el
principio de buena fe y con el propósito de mantener la independencia sobre la
elección de los proyectos, las IEC delegan esta responsabilidad en el INBAL.
El comité
de selección tendrá facultades para elegir un proyecto por estado sobre las postulaciones
hechas al Programa, para lo cual deberá evaluar y analizar cada una de las
propuestas inscritas en la convocatoria.
La
decisión del comité será tomada en forma colegiada.
Los casos
no previstos en el proceso de selección serán resueltos en conjunto por las IEC
y la CNT. Una vez concluida la reunión formal para la elección de los
proyectos, esta facultad estará a cargo de la CNT.
6.
Proceso de selección
La deliberación
la organizará la CNT en una fecha cierta.
Para la
deliberación se convocará a un representante de cada entidad de cultura, quien
participa en la reunión, sin voto, con la finalidad de que exponga
generalidades en la operación de ediciones pasadas del programa o cualquier
información que solicite el comité.
De no existir
observaciones sobre la recepción se procederá a evaluar todos los proyectos.
El comité
deliberará, seleccionará y emitirá los resultados.
7. Condiciones técnicas del proyecto:
7.1 Debe
referir a una puesta en escena nueva;
7.2 no tener
como meta la producción de un trabajo unipersonal;
7.3 se debe
formular con orden y claridad;
7.4 ser
congruente con los objetivos del programa y el presupuesto asignado;
7.5 contar
con una propuesta de plan de trabajo viable;
7.6 integrar
un presupuesto desglosado que corresponda al proyecto presentado;
7.7 contar
con un texto dramático completo.
8.
Condiciones de fondo del proyecto
El
comité de selección dictaminará los proyectos de manera integral sobre el principio de interés superior de la niñez.
De cada
proyecto será evaluado:
8.1 El
equipo de trabajo;
8.2 el concepto
de la puesta en escena: descripción de la interpretación, análisis o lectura
respecto al texto; sentido estético y/o social, la manera en que dicha
interpretación se reflejará en la actuación, el trazo y los distintos aspectos
del diseño escénico;
8.3 y la pertinencia
con el público al que va dirigido.
9.
Actividades de capacitación e inducción
A partir de la elección de los proyectos, el comité
determinará las asesorías correspondientes para el abordaje de los contenidos de
acuerdo con los objetivos del PNTE y la naturaleza del proyecto, recurriendo a
tutorías de inducción específicas en el área que a su juicio se requiera. La CNT
podrá apoyar la elección del asesor a solicitud del comité cuando no se haya definido
éste o en el caso que el especialista sugerido no haya aceptado el proyecto.
La presencia del asesor tiene como finalidad
acompañar todo el proceso creativo de la compañía y debe estar prevista en el plan
de trabajo.
El programa contempla dos visitas presenciales del
especialista. Excepcionalmente, podrá reducirse a una cuando los gastos de
traslado o estancia superen los límites presupuestales de los tabuladores, el
resto del acompañamiento deberá realizarse por medios electrónicos.
10.
Presupuesto
General
Los recursos deberán ejercerse en apego al convenio
de colaboración celebrado entre el INBAL y la IEC.
Cada IEC recibirá del INBAL en una emisión un
recurso federal por un total de $534,718.75 (quinientos treinta y cuatro mil setecientos dieciocho pesos 75/100 m.n.) IVA incluido.
El recurso será administrado por la IEC de acuerdo
con los rubros establecidos en los Lineamientos Generales del programa.
10.1 Reglas de ejecución
presupuestal y tabuladores
El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura propone los tabuladores para
el ejercicio de los recursos del PNTE.
2019 - 2020
A partir de la elección de los proyectos, el comité determinará las asesorías correspondientes para el abordaje de los contenidos de acuerdo con los objetivos del PNTE y la naturaleza del proyecto, recurriendo a tutorías de inducción específicas en el área que a su juicio se requiera. La CNT podrá apoyar la elección del asesor a solicitud del comité cuando no se haya definido éste o en el caso que el especialista sugerido no haya aceptado el proyecto.
El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura propone los tabuladores para el ejercicio de los recursos del PNTE.
TIPO DE EGRESO
|
MONTO (I.V.A. incluido)
|
Honorarios creativos
|
|
Pago derechos de autor (60 funciones)
|
$ 23,200.00
|
Director
|
$ 26,680.00
|
Escenógrafo
|
$ 13,920.00
|
Vestuarista
|
$ 11,600.00
|
Iluminador
|
$ 11,600.00
|
Musicalizador
|
$ 11,600.00
|
Asesor
|
$ 20,880.00
|
Honorarios operativos
|
|
Productor
|
$ 11,600.00
|
Promotor
|
$ 11,600.00
|
Honorarios elenco ($6,420.00 * 40
funciones) $5,534.48 más IVA.
|
$ 256,800.00
|
Gastos de producción
Realización de producción |
$ 90,968.75
|
Mantenimiento
|
$ 5,000.00
|
Gastos de logística
|
|
Alimentos, hospedaje y traslados
asesor
|
$ 22,270.00
|
Gastos de difusión y promoción
|
|
Impresos (programas de mano poster)
|
$ 17,000.00
|
TOTAL
|
$ 534,718.75
|
* Todos los montos incluyen IVA.
El pago de derechos de autor, acompañamiento
(asesoría) y gastos de logística, serán cubiertos preferentemente de manera directa
por la IEC. En todo caso, para el pago de estos conceptos, deberá atenderse a
las condiciones administrativas particulares de cada entidad federativa.
Con el fin de beneficiar
al mayor número de artistas con el programa, no será posible percibir
honorarios en más de dos rubros etiquetados dentro de sus tabuladores.
Los honorarios
pactados, acorde a los alcances y reglas del Programa, deberán ser aceptados en
forma escrita por cada uno de los integrantes del equipo de trabajo. (Puede
extenderse un solo documento enlistando a tres columnas los nombres de los
participantes, especialidad y monto).
Elenco. Para
el pago de elenco se destinan $ 6,420.00 (seis mil cuatrocientos veinte pesos
00/100 m.n.) por función, IVA incluido. Esta cantidad deberá cubrir los
honorarios de los ejecutantes y un asistente, quien para efectos prácticos se
considerará parte del elenco. Cada actor recibirá un solo pago por función
independientemente del número de personajes que desarrolle.
Cada proyecto presentará una distribución de
honorarios para elenco y creativos sustentada en el principio de equidad e
igualdad, atendiendo a las condiciones particulares de cada postulación sin
exceder el monto establecido. Está información servirá de base a las instancias
involucradas para la debida programación del ejercicio del recurso.
Atendiendo
a la naturaleza de cada proyecto, excepcionalmente las compañías estarán en
libertad de proponer ajustes en las etiquetas de los tabuladores. La CNT será la
que extienda la autorización y resolverá sobre la pertinencia o no de la propuesta.
11.
Trámite de recursos
Para el trámite
y el ejercicio de los recursos deberán observarse las disposiciones fiscales y
administrativas aplicables de las instancias convocantes. Es responsabilidad de
los participantes estar al corriente de sus obligaciones fiscales y contar con la
documentación correspondiente.
12.
Derechos
de autor
Corresponde
a cada creador, agrupación o compañía gestionar los derechos de autor.
Será
necesario presentar comprobante de registro de derechos de autor de la obra
frente a Indautor y carta o comprobante de cesión de derechos a favor de la
compañía o de la persona responsable del proyecto por concepto de producción y
representación durante la vigencia del Programa. (En caso de aplicar, incluir
identificación oficial del autor).
El pago
de derechos de autor ampara un total de sesenta funciones, cuarenta
comprometidas desde el inicio del programa y un excedente de veinte.
13. Operación del Programa
Obligaciones de la compañía seleccionada:
La responsabilidad básica de la compañía es
producir una obra de teatro que cumpla con los objetivos del Programa.
A través del Programa Nacional de Teatro Escolar
2019 - 2020, el grupo realizará una temporada de 40 funciones, éstas se
llevarán a cabo en el marco de los acuerdos agendados con las autoridades culturales
y educativas locales.
El promotor del grupo auxiliará a la IEC en la agenda
de funciones y en la elaboración de reportes de asistencia semanales, los
informes deberán ser validados por la propia instancia estatal y enviados a la
CNT.
Previo
al estreno, cada compañía enviará a la CNT y a la IEC un reporte sobre su
proceso de montaje que incluya avances con su asesor, reporte financiero del
recurso ejercido soportado mediante CFDI y/o notas de remisión, calendario de
funciones y materiales de difusión.
La compañía beneficiada remitirá a la CNT un informe final que incluya
los alcances, evidencias y el ejercicio de recursos. Este documento debe estar
avalado por la IEC.
14.
Obligaciones de la IEC:
La Instancia Estatal de
Cultura celebrará un convenio de colaboración con el INBAL.
La IEC, previo acuerdo con el INBAL, llevará a cabo
las siguientes acciones:
a) La realización de las gestiones
ante la instancia educativa de la entidad para garantizar la presencia de
escolares en las funciones;
b) programación de sedes
y funciones;
c) reuniones de trabajo
entre la compañía, equipo creativo y asesora o asesor;
d) visitas de evaluación
y seguimiento del desarrollo artístico del proyecto;
e) operación de la sala o
espacio de presentación;
f) la entrega de un
reporte final sobre el ejercicio total del recurso al INBAL.
Se priorizará la programación de las funciones en
una sola sala teatral.
Excepcionalmente se podrán programar en varios recintos,
tomando en cuenta la naturaleza de la obra, las agendas de las salas y de las escuelas.
Los gastos adicionales que se generen por concepto de traslado de elementos de producción
o del equipo de trabajo, deberán ser cubiertos a través de recursos propios por
la IEC. Lo mismo es aplicable cuando se trasladen entre ciudades o comunidades.
En ningún caso estos gastos serán solventado de los honorarios del grupo
seleccionado.
La producción de los materiales de difusión deberá
estar disponible por lo menos quince días antes del estreno.
15. Cancelaciones
Se podrá cancelar hasta un 5% de las funciones
considerando el pago de estas cuando las causas sean ajenas al grupo y/o a la
organización institucional.
Se podrán llevar a cabo funciones con menos de 80
escolares, siempre y cuando el resultado final del programa arroje un promedio
de 150 asistentes por función para alcanzar la meta de 6,000 espectadores en las
40 funciones.
16.
Destino de la producción
Una vez finiquitadas la totalidad de las funciones comprometidas
con el Programa, la producción y sus elementos serán propiedad exclusiva de la
compañía o grupo seleccionado, previa solicitud del interesado que justifique
la continuidad que quiere dar al proyecto. En el entendido que todas las instancias
convocantes se deslindan de cualquier pago posterior por concepto de
almacenamiento, mantenimiento, utilización, honorarios de funciones, derechos
de autor u otro concepto no enunciado.
17. Materiales
de Registro
El responsable del proyecto enviará una liga de alguna
plataforma como Vimeo o YouTube a la Coordinación Nacional de Teatro /
Subcoordinación de Enlace con los Estados y a la IEC, donde se visualice un
video con el registro de una función posterior al número diez de la temporada,
esto con fines de evaluación y archivo.
También será necesario enviar por lo menos 15
fotografías de buena calidad del montaje en funciones. No se consideran para
este registro selfies de celular.
Con el fin de no violentar los derechos de
identidad de los menores estas fotografías no deben mostrar el rostro de los
escolares.
18.
Créditos
institucionales
Los grupos seleccionados otorgarán los créditos
institucionales (leyenda y logo) del programa durante toda la vida del
proyecto, incluso después de concluido el periodo de funciones comprometidas
con la convocatoria.
Los siguientes textos deberán aparecer en
comunicados, boletines de prensa, carteles, mantas en el teatro, programas de
mano o cualquier material de difusión:
"El Programa Nacional de
Teatro Escolar 2019 - 2020 es una iniciativa impulsada por la Secretaría de
Cultura, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura a través de la Coordinación
Nacional de Teatro y la Institución Estatal de Cultura".
"Este programa es público
ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos
a los establecidos en el programa”.
19. Generales
El incumplimiento a estos lineamientos será motivo
para la cancelación del apoyo.
Cualquier eventualidad en la operación del Programa
Nacional de Teatro Escolar 2019 - 2020, será resuelta de manera conjunta entre
la Coordinación Nacional de Teatro y la Institución Estatal de Cultura.
Estos
lineamientos tendrán una vigencia a partir de la fecha de publicación de la
convocatoria y hasta la conclusión del ciclo del programa de acuerdo con el
convenio de colaboración que lo sustente.
Tengo dos dudas:
ResponderBorrar-¿Se puede proponer una obra extranjera para la convocatoria? En caso de ser posible, qué debo hacer para obtener el comprobante de registro de INDAUTOR
-¿Es necesario contar con un único director, o se puede hacer dirección colectiva?
Hasta cuando terminan la recepción de doctos.
ResponderBorrarEn Tamaulipas tiene fecha límite del 2 de agosto.
BorrarCual es el trabajo del productor? Vendría a serlo que hace el representante o encargado del proyecto?
ResponderBorrarHola buen día, quisiera saber cómo ha sido el proceso de entrega de estímulo en otros años (con respecto a tiempos)
ResponderBorrarHola, buen día, tengo una pregunta,¿el productor ejecutivo puede fungir también como promotor del equipo postulante? Esto respetando el parrafo mencionado a los lineamientos donde se menciona que sólo podrá percibir honorarios en no más de dos rubros. Gracias de antemano.
ResponderBorrarHola,como escuela interesada en ser incluida en el proyecto como espectadores,¿cuál es el proceso en Querétaro?
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