Lineamientos Generales 2019


LINEAMIENTOS


La Secretaría de Cultura, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura por conducto de la Coordinación Nacional de Teatro y las Instancias Estatales de Cultura

presentan 

PROGRAMA NACIONAL DE TEATRO ESCOLAR 
2019 - 2020


Presentación

El Programa Nacional de Teatro Escolar (PNTE) 2019 - 2020 se realiza de manera conjunta por la Secretaría de Cultura a través del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura (INBAL), por conducto de la Coordinación Nacional de Teatro (CNT), las Instancias Estatales de Cultura (IEC) y las autoridades educativas locales.
  
Este proyecto forma parte de las iniciativas para impulsar el fomento a la educación artística e inclusión social que promueve el INBAL como una herramienta para contribuir al desarrollo y formación -ética y cultural- de las niñas, niños y adolescentes.

Objetivos del Programa

·    Garantizar el derecho a la cultura de escolares en etapa de educación básica 
·    Proveer una experiencia escénica de calidad para audiencias escolares
·    Fomentar la generación de nuevos públicos
·    Consolidar las agrupaciones teatrales en las entidades federativas
·    Estimular la producción teatral en el país
·    Promover el intercambio artístico entre los distintos núcleos teatrales del país
·    Crear fuentes de trabajo para la comunidad artística de cada estado

Metas
·    Producir una puesta en escena diseñada para público escolar en cada una de las 32 entidades federativas del país
·      Realizar 40 funciones de cada producción
·      Alcanzar durante el desarrollo del programa la asistencia de 6,000 espectadores, alumnos de escuelas de formación básica, por cada obra producida


¿Cómo funciona el PNTE?

Con el fin de garantizar el desarrollo del Programa Nacional de Teatro Escolar, se establecen los presentes lineamientos generales sobre su funcionamiento y operación, mismos que serán aplicables en todo el país.


LINEAMIENTOS 2019 - 2020

El Programa Nacional de Teatro Escolar es una iniciativa pública de carácter social, sustentada en el principio de interés superior de la niñez. Sus lineamientos generales y convocatorias estatales constituyen acciones con la finalidad de garantizar el derecho a la cultura, consagrado en el Artículo 4 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los artículos 2°, 4° y 20° de la Ley General de Cultura y Derechos Culturales; los Artículos 2° y 6° de la Ley de Niñas, Niños y Adolescentes; los Artículos 1°y 2º Apartado B, Fracción II del Reglamento Interior de la Secretaría de Cultura; los Artículos 1°, 2°y 6º de la Ley que crea al Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura; Punto 1.1.8. del Manual General de Organización del Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura; y demás relativas y aplicables de las entidades e instituciones participantes.

1.    De la convocatoria

La selección de los proyectos participantes en el programa se realizará a través de una convocatoria emitida de manera conjunta entre el INBAL y cada una de las Instituciones Estatales de Cultura dirigida a su comunidad teatral.

Las convocatorias de cada estado de la República Mexicana podrán descargarse en los portales de las instituciones participantes y en el sitio:
 


2.    Modalidad de participación
Podrán participar:

2.1 Individual o solista: Persona física con un equipo de trabajo convocado específicamente para participar en la convocatoria del Programa.

2.2 Grupos de artistas no constituidos. Agrupaciones profesionales de teatro en el país que decidan postular un proyecto al PNTE y que operen bajo un nombre, pero no estén constituidos formalmente.

2.3 Agrupaciones legalmente constituidas. Grupos o compañías legalmente constituidas, cuyo objeto social sea coincidente con el perfil del programa y no persiga fines de lucro.

En caso de ser extranjeros deberán acreditar su condición de residente permanente mediante documento expedido por el Instituto Nacional de Migración de la Secretaría de Gobernación.

3.    Documentos de identidad
3.1 Personas físicas:
·         Credencial de elector vigente; o
·         cédula profesional; o
·         pasaporte vigente; o
·    documento vigente que acredite la legal residencia en el país en caso de ser extranjero.

3.2 Personas morales:
·   Identificación del apoderado y el documento con el que se acredite la representación de la sociedad.

4.     De la recepción de proyectos

La etapa de recepción constituye la fase administrativa.

La recepción de proyectos estará a cargo de la IEC. A ésta corresponde verificar, calificar e informar a la CNT sobre el cumplimiento de los requisitos de tiempo y forma en la inscripción y, en su caso, hacer las anotaciones que considere pertinentes en torno a los materiales recibidos. Los materiales de postulación deberán remitirse a la CNT acompañados de un listado formal de los mismos, en donde se indiquen los datos generales del proyecto, hora, fecha de recepción y las anotaciones adicionales que ameriten.  Para esto la Coordinación expedirá a cada instancia estatal el formato correspondiente.
   
En cualquier momento hasta antes de la deliberación, la IEC podrá adicionar las notas que sobrevengan o que se hayan omitido en la lista de proyectos original.

5.    Comité de Selección 
Con la finalidad de dar transparencia y solvencia profesional al Programa, el INBAL, a través de la CNT integrará un comité de selección conformado por especialistas de la escena.
Bajo el principio de buena fe y con el propósito de mantener la independencia sobre la elección de los proyectos, las IEC delegan esta responsabilidad en el INBAL.
El comité de selección tendrá facultades para elegir un proyecto por estado sobre las postulaciones hechas al Programa, para lo cual deberá evaluar y analizar cada una de las propuestas inscritas en la convocatoria.
La decisión del comité será tomada en forma colegiada.
Los casos no previstos en el proceso de selección serán resueltos en conjunto por las IEC y la CNT. Una vez concluida la reunión formal para la elección de los proyectos, esta facultad estará a cargo de la CNT.  

6.    Proceso de selección
La deliberación la organizará la CNT en una fecha cierta.

Para la deliberación se convocará a un representante de cada entidad de cultura, quien participa en la reunión, sin voto, con la finalidad de que exponga generalidades en la operación de ediciones pasadas del programa o cualquier información que solicite el comité.

De no existir observaciones sobre la recepción se procederá a evaluar todos los proyectos.

El comité deliberará, seleccionará y emitirá los resultados.


7.    Condiciones técnicas del proyecto:
7.1 Debe referir a una puesta en escena nueva;  
7.2 no tener como meta la producción de un trabajo unipersonal;  
7.3 se debe formular con orden y claridad;
7.4 ser congruente con los objetivos del programa y el presupuesto asignado;
7.5 contar con una propuesta de plan de trabajo viable;
7.6 integrar un presupuesto desglosado que corresponda al proyecto presentado;
7.7 contar con un texto dramático completo.


8.    Condiciones de fondo del proyecto

El comité de selección dictaminará los proyectos de manera integral sobre el principio de interés superior de la niñez.

De cada proyecto será evaluado:

8.1 El equipo de trabajo;
8.2 el concepto de la puesta en escena: descripción de la interpretación, análisis o lectura respecto al texto; sentido estético y/o social, la manera en que dicha interpretación se reflejará en la actuación, el trazo y los distintos aspectos del diseño escénico;
8.3 y la pertinencia con el público al que va dirigido.

9.    Actividades de capacitación e inducción

A partir de la elección de los proyectos, el comité determinará las asesorías correspondientes para el abordaje de los contenidos de acuerdo con los objetivos del PNTE y la naturaleza del proyecto, recurriendo a tutorías de inducción específicas en el área que a su juicio se requiera. La CNT podrá apoyar la elección del asesor a solicitud del comité cuando no se haya definido éste o en el caso que el especialista sugerido no haya aceptado el proyecto.

La presencia del asesor tiene como finalidad acompañar todo el proceso creativo de la compañía y debe estar prevista en el plan de trabajo.

El programa contempla dos visitas presenciales del especialista. Excepcionalmente, podrá reducirse a una cuando los gastos de traslado o estancia superen los límites presupuestales de los tabuladores, el resto del acompañamiento deberá realizarse por medios electrónicos.


10.   Presupuesto General

Los recursos deberán ejercerse en apego al convenio de colaboración celebrado entre el INBAL y la IEC.

Cada IEC recibirá del INBAL en una emisión un recurso federal por un total de $534,718.75 (quinientos treinta y cuatro mil setecientos dieciocho pesos 75/100 m.n.) IVA incluido.

El recurso será administrado por la IEC de acuerdo con los rubros establecidos en los Lineamientos Generales del programa.

 

10.1 Reglas de ejecución presupuestal y tabuladores

El Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura propone los tabuladores para el ejercicio de los recursos del PNTE.

TIPO DE EGRESO 
 MONTO (I.V.A. incluido)
Honorarios creativos

Pago derechos de autor (60 funciones)
 $                           23,200.00
Director
 $                           26,680.00
Escenógrafo
 $                           13,920.00
Vestuarista
 $                           11,600.00
Iluminador
 $                           11,600.00
Musicalizador
 $                           11,600.00
Asesor
 $                           20,880.00
Honorarios operativos

Productor
 $                           11,600.00
Promotor
 $                           11,600.00
Honorarios elenco ($6,420.00 * 40 funciones) $5,534.48  más IVA.
 $                         256,800.00
Gastos de producción
Realización de producción

$                           90,968.75
Mantenimiento
 $                             5,000.00
Gastos de logística

Alimentos, hospedaje y traslados asesor
 $                           22,270.00
Gastos de difusión y promoción

Impresos (programas de mano poster)
$                           17,000.00
TOTAL
$                         534,718.75


* Todos los montos incluyen IVA.


El pago de derechos de autor, acompañamiento (asesoría) y gastos de logística, serán cubiertos preferentemente de manera directa por la IEC. En todo caso, para el pago de estos conceptos, deberá atenderse a las condiciones administrativas particulares de cada entidad federativa.

Con el fin de beneficiar al mayor número de artistas con el programa, no será posible percibir honorarios en más de dos rubros etiquetados dentro de sus tabuladores.
Los honorarios pactados, acorde a los alcances y reglas del Programa, deberán ser aceptados en forma escrita por cada uno de los integrantes del equipo de trabajo. (Puede extenderse un solo documento enlistando a tres columnas los nombres de los participantes, especialidad y monto). 
Elenco. Para el pago de elenco se destinan $ 6,420.00 (seis mil cuatrocientos veinte pesos 00/100 m.n.) por función, IVA incluido. Esta cantidad deberá cubrir los honorarios de los ejecutantes y un asistente, quien para efectos prácticos se considerará parte del elenco. Cada actor recibirá un solo pago por función independientemente del número de personajes que desarrolle.

Cada proyecto presentará una distribución de honorarios para elenco y creativos sustentada en el principio de equidad e igualdad, atendiendo a las condiciones particulares de cada postulación sin exceder el monto establecido. Está información servirá de base a las instancias involucradas para la debida programación del ejercicio del recurso.
      
Atendiendo a la naturaleza de cada proyecto, excepcionalmente las compañías estarán en libertad de proponer ajustes en las etiquetas de los tabuladores. La CNT será la que extienda la autorización y resolverá sobre la pertinencia o no de la propuesta.    

11.   Trámite de recursos
Para el trámite y el ejercicio de los recursos deberán observarse las disposiciones fiscales y administrativas aplicables de las instancias convocantes. Es responsabilidad de los participantes estar al corriente de sus obligaciones fiscales y contar con la documentación correspondiente.

12.    Derechos de autor

Corresponde a cada creador, agrupación o compañía gestionar los derechos de autor.
Será necesario presentar comprobante de registro de derechos de autor de la obra frente a Indautor y carta o comprobante de cesión de derechos a favor de la compañía o de la persona responsable del proyecto por concepto de producción y representación durante la vigencia del Programa. (En caso de aplicar, incluir identificación oficial del autor).
El pago de derechos de autor ampara un total de sesenta funciones, cuarenta comprometidas desde el inicio del programa y un excedente de veinte. 

13.    Operación del Programa
Obligaciones de la compañía seleccionada:

La responsabilidad básica de la compañía es producir una obra de teatro que cumpla con los objetivos del Programa.

A través del Programa Nacional de Teatro Escolar 2019 - 2020, el grupo realizará una temporada de 40 funciones, éstas se llevarán a cabo en el marco de los acuerdos agendados con las autoridades culturales y educativas locales.  

El promotor del grupo auxiliará a la IEC en la agenda de funciones y en la elaboración de reportes de asistencia semanales, los informes deberán ser validados por la propia instancia estatal y enviados a la CNT.

Previo al estreno, cada compañía enviará a la CNT y a la IEC un reporte sobre su proceso de montaje que incluya avances con su asesor, reporte financiero del recurso ejercido soportado mediante CFDI y/o notas de remisión, calendario de funciones y materiales de difusión.

La compañía beneficiada remitirá a la CNT un informe final que incluya los alcances, evidencias y el ejercicio de recursos. Este documento debe estar avalado por la IEC.

14.     Obligaciones de la IEC:
La Instancia Estatal de Cultura celebrará un convenio de colaboración con el INBAL.

La IEC, previo acuerdo con el INBAL, llevará a cabo las siguientes acciones:

a) La realización de las gestiones ante la instancia educativa de la entidad para garantizar la presencia de escolares en las funciones;
b) programación de sedes y funciones;
c) reuniones de trabajo entre la compañía, equipo creativo y asesora o asesor;
d) visitas de evaluación y seguimiento del desarrollo artístico del proyecto;
e) operación de la sala o espacio de presentación;
f) la entrega de un reporte final sobre el ejercicio total del recurso al INBAL.


Se priorizará la programación de las funciones en una sola sala teatral.

Excepcionalmente se podrán programar en varios recintos, tomando en cuenta la naturaleza de la obra, las agendas de las salas y de las escuelas. Los gastos adicionales que se generen por concepto de traslado de elementos de producción o del equipo de trabajo, deberán ser cubiertos a través de recursos propios por la IEC. Lo mismo es aplicable cuando se trasladen entre ciudades o comunidades. En ningún caso estos gastos serán solventado de los honorarios del grupo seleccionado.
   
La producción de los materiales de difusión deberá estar disponible por lo menos quince días antes del estreno. 

15.      Cancelaciones

Se podrá cancelar hasta un 5% de las funciones considerando el pago de estas cuando las causas sean ajenas al grupo y/o a la organización institucional.

Se podrán llevar a cabo funciones con menos de 80 escolares, siempre y cuando el resultado final del programa arroje un promedio de 150 asistentes por función para alcanzar la meta de 6,000 espectadores en las 40 funciones.


16.       Destino de la producción

Una vez finiquitadas la totalidad de las funciones comprometidas con el Programa, la producción y sus elementos serán propiedad exclusiva de la compañía o grupo seleccionado, previa solicitud del interesado que justifique la continuidad que quiere dar al proyecto. En el entendido que todas las instancias convocantes se deslindan de cualquier pago posterior por concepto de almacenamiento, mantenimiento, utilización, honorarios de funciones, derechos de autor u otro concepto no enunciado.


17.      Materiales de Registro

El responsable del proyecto enviará una liga de alguna plataforma como Vimeo o YouTube a la Coordinación Nacional de Teatro / Subcoordinación de Enlace con los Estados y a la IEC, donde se visualice un video con el registro de una función posterior al número diez de la temporada, esto con fines de evaluación y archivo.

También será necesario enviar por lo menos 15 fotografías de buena calidad del montaje en funciones. No se consideran para este registro selfies de celular.

Con el fin de no violentar los derechos de identidad de los menores estas fotografías no deben mostrar el rostro de los escolares.
  

18.     Créditos institucionales

Los grupos seleccionados otorgarán los créditos institucionales (leyenda y logo) del programa durante toda la vida del proyecto, incluso después de concluido el periodo de funciones comprometidas con la convocatoria.  

Los siguientes textos deberán aparecer en comunicados, boletines de prensa, carteles, mantas en el teatro, programas de mano o cualquier material de difusión:

"El Programa Nacional de Teatro Escolar 2019 - 2020 es una iniciativa impulsada por la Secretaría de Cultura, el Instituto Nacional de Bellas Artes y Literatura a través de la Coordinación Nacional de Teatro y la Institución Estatal de Cultura".

"Este programa es público ajeno a cualquier partido político. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el programa”.


19.    Generales

El incumplimiento a estos lineamientos será motivo para la cancelación del apoyo.

Cualquier eventualidad en la operación del Programa Nacional de Teatro Escolar 2019 - 2020, será resuelta de manera conjunta entre la Coordinación Nacional de Teatro y la Institución Estatal de Cultura.

Estos lineamientos tendrán una vigencia a partir de la fecha de publicación de la convocatoria y hasta la conclusión del ciclo del programa de acuerdo con el convenio de colaboración que lo sustente.

7 comentarios:

  1. Tengo dos dudas:
    -¿Se puede proponer una obra extranjera para la convocatoria? En caso de ser posible, qué debo hacer para obtener el comprobante de registro de INDAUTOR
    -¿Es necesario contar con un único director, o se puede hacer dirección colectiva?

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  2. Hasta cuando terminan la recepción de doctos.

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  3. Cual es el trabajo del productor? Vendría a serlo que hace el representante o encargado del proyecto?

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  4. Hola buen día, quisiera saber cómo ha sido el proceso de entrega de estímulo en otros años (con respecto a tiempos)

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  5. Hola, buen día, tengo una pregunta,¿el productor ejecutivo puede fungir también como promotor del equipo postulante? Esto respetando el parrafo mencionado a los lineamientos donde se menciona que sólo podrá percibir honorarios en no más de dos rubros. Gracias de antemano.

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  6. Hola,como escuela interesada en ser incluida en el proyecto como espectadores,¿cuál es el proceso en Querétaro?

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